De cuatro tutelas estudiadas, la única que concedió fue la del miembro del Consejo directivo de Sayco Rafael Manjarrez contra el acordeonero Rafael Ricardo.
La Corte Constitucional estableció que los casos de ciudadanos afectados por publicaciones en redes sociales deben decidirse por separado, cada uno, pero advierte que los jueces no pueden intervenir en todos los casos y se deben medir las afectaciones para definir los límites a la libertad de expresión.
FUENTE: EL HERALDO